A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jhoan Fernando Jaramillo Sánchez·Demandado Consejo Superior De La Judicatura Y Asuntos Laborales Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín y el Tribunal Administrativo de Antioquia.
En este caso se encontró que solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó indebidamente las reglas de reparto dispuestas en el Decreto 333 de 2021, otorgando un alcance inexistente a tales disposiciones, contrariando la jurisprudencia constitucional que establece que esas normas, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le advierte a este operador jurídico que, en lo sucesivo, se debe abstener de argumentar la falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidir conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 5 de julio de 2022, proferido por el Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por el señor Jhoan Fernando Jaramillo Sánchez contra "el Consejo Superior de la Judicatura y Asuntos Laborales Antioquia-Chocó de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Antioquia-Chocó".
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4236 al Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar la falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Tribunal Administrativo de Antioquia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.